El decreto de obligatoriedad ataca las bases de las constituciones occidentales y los derechos humanos. Dice así: “Los señores miembros de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología acordaron aprobar la obligatoriedad para aplicar la vacuna contra COVID-19 a todos los funcionarios del sector público así como para aquellos empleados del sector privado cuyos patronos, dentro de sus disposiciones laborales internas hayan optado por incorporar la vacunación contra la COVID-19 como obligatoria en sus centros de trabajo”.
Hay obligatoriedad de aplicar pero no de recibir la vacuna, no hay sanciones contra quien no la reciba. Daniel Salas y la CNVE se lavaron las manos en eso como ellos mismos han reconocido. La CNVE dice no tener nada que ver con los despidos pues ellos no legislan en temas laborales.
La frase más preocupante, de donde emanan todas las sanciones, es esta: “Será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional en el caso de los trabajadores que no quieran vacunarse”. La Constitución de Estados Unidos, así como los postulados de la Revolución Francesa y de la Revolución Gloriosa de Inglaterra en 1688 se basan en John Locke y su Ensayo sobre el gobierno civil.
Para este sabio, en sociedad conservamos todos nuestros derechos, excepto uno, el de castigar las afrentas. Si lo hiciéramos, volveríamos a un estado de naturaleza, una guerra de todos contra todos. Por eso debe haber un poder que establezca las leyes y las sanciones a quienes las infrinjan. Ni la ley ni el decreto fijan sanciones sino que las dejan en manos de los patronos.
Imaginemos que la ley no se refiriera a la obligación de vacunarse sino al robo. Se establece la obligatoriedad de respetar la propiedad de los otros pero ninguna sanción para quien infrinja la ley, esta queda en manos de los ofendidos. El resultado sería el previsto por Locke, penas desmedidas, linchamientos y guerras de todos contra todos.
El decreto de Daniel Salas se salta las bases de las constituciones occidentales y pone el derecho de castigar en manos de patronos que no han sido ofendidos. ¿Cómo explican nuestros juristas eso y por qué no lo reformamos ya?
Luis Solórzano Sojo
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