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La CVNE omite evidencia para seguir justificando la obligatoriedad

El pasado 16 de enero del 2023 se le realizaron las siguientes consultas a la Comisión Nacional Vacunación y Epidemiología (CNVE) y el día 30 de enero del mismo año brindaron estas respuestas:

1-¿Quién(es) son los responsables de establecer y eliminar la obligatoriedad de las inoculaciones contra el COVID-19 en Costa Rica?

Los señores miembros de la CNVE.

2-Recientemente en el llamado escándalo de “PfizerGate” tanto Pfizer cómo otras farmacéuticas han reconocido públicamente que sus inoculaciones nunca se probaron para saber si previenen la transmisión del SARS-CoV-2, además de que también se investiga el aumento de mortalidad en la Unión Europea desde que se empezó a inocular estos productos. Al igual en Costa Rica se ha incrementado la mortalidad desde que se empezó a inocular contra el COVID-19. Además se sabe que por los contratos firmados ninguna farmacéutica, ni el Ministerio de Salud, ni la Ministra de Salud se hacen responsable de los efectos secundarios y muertes producidas por estas inoculaciones, que por cierto tampoco se le informan al sector de la población a la que aún se le obliga a inocular.

Finalmente se sabe que tanto Pfizer cómo AstraZeneca tienen un historial de actos de corrupción y SOBORNOS alrededor del planeta. Entonces, ¿Bajo qué criterios se sigue manteniendo la obligatoriedad de estas inoculaciones para cierto sector de la población adulta? A pesar de que no detienen la transmisión del SARS-CoV-2, se ha incrementado la mortalidad desde que se empezó a inocular, nadie se hace responsable de los graves efectos secundarios y muertes producidas, tampoco se informan estos efectos secundarios que pueden producirse en las personas que son obligadas a inocularse, ni los términos aceptados en los contratos se mencionanaún cuando el contrato de AstraZeneca para Costa Rica es público y lo brinda la CNE y peor aún conociendo el historial de SOBORNOS que tiene la segunda empresa más demandada en USA, Pfizer.

Los señores miembros de la CNVE acuerdan aprobar modificar el acuerdo de obligatoriedad de vacunación contra COVID-19 contenido en la sesión extraordinaria número VII-2021 del 16 de febrero del 2021, para que en lo sucesivo se lea así:

a) Se aprueba la obligatoriedad para aplicar la vacuna contra COVID-19 en los funcionarios de las siguientes instituciones: Ministerio de Salud, Caja Costarricense de Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros, Personas internas universitarias en ciencias de la salud y técnicas afines que sean incorporados a sus actividades académicas dentro de la Caja Costarricense del Seguro Social. La obligatoriedad de la vacunación será en función de la disponibilidad de las vacunas.

b) La obligatoriedad está fundamentada en: Que es personal que atiende directa o indirectamente pacientes COVID-19 o personas de alto riesgo para enfermar y morir por este virus. Tienen un riesgo laboral de enfermar de COVID-19. Someten a las personas que van a ser atendidas a un riesgo de enfermar por COVID-19. Al lograr vacunar a toda la población de estas instituciones, que no tienen contraindicaciones para la vacunación, se está incidiendo en la pronta reactivación de los servicios de salud en general, reduciendo los costos inherentes a esta misma situación. Al vacunar al personal de salud se previene que los hospitales e instituciones de salud sean una fuente de contagio para la sociedad. La obligatoriedad incluye al personal de salud privado que esté en las mismas condiciones de riesgo que el personal del sector salud público.

c) Se cuenta con todo el sustento legal para declarar la vacunación obligatoria en la población que labora en las instituciones antes mencionadas, como la Ley General de Salud y la Ley Nacional de Vacunación; además, hay criterio legal emanado por el Consejo de Salud Ocupacional y el Ministerio de Trabajo en relación con la obligatoriedad de vacunarse, pero que también aplica para otras vacunas que la CNVE considere necesarias. Será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional, en el caso de las personas que no quieran vacunarse contra COVID-19.

A pesar de todas las referencias que se les compartió en el correo, obviaron que la misma Pfizer reconoció que sus inoculaciones nunca fueron probadas para prevenir la transmisión, por lo que esta afirmación que mencionan en el punto b), es completamente falsa:

Al vacunar al personal de salud se previene que los hospitales e instituciones de salud sean una fuente de contagio para la sociedad

Pfizer ya lo reconoció públicamente en el parlamento Europeo.

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