Los contratos de Pfizer firmados con diversos países se han dado a conocer y se sabe que contienen condiciones nefastas para los que adquirieron sus inoculaciones.
El Instituto Anticorrupción de Colombia ganó proceso judicial contra el gobierno Colombiano para tener acceso a los contratos de las vacunas por Covid-19. A continuación se presentan algunos términos aceptados:
La República de Colombia reiteró que acepta, que los esfuerzos desplegados por Pfizer y BioNTech y sus afiliados por desarrollar y fabricar la Vacuna son de naturaleza aspiracional y están sujetos a riesgos significativos e incertidumbres, por lo cual la República de Colombia asume íntegramente los riesgos derivados de la adquisición, uso y aplicación de la vacuna…
Página #3 del contrato de Pfizer para Colombia.
…el Producto ha completado la Fase 2b/3 de los ensayos clínicos y que, pese a los esfuerzos de Pfizer en investigación, desarrollo y manufactura, el Producto podría no tener éxito por motivos técnicos, clínicos, reglamentarios, de fabricación, despacho, almacenamiento u otros desafíos o fallas.
Página #12 del contrato de Pfizer para Colombia.
El comprador garantiza a Pfizer que:
…renuncia a la inmunidad soberana, establecidas en el presente documento, y proporcionar la protección adecuada a Pfizer, BioNTech y sus afiliados contra la responsabilidad por reclamaciones que surjan de o en relación con la vacuna o su uso.
…el Comprador asume integralmente esos riesgos e incertidumbres…
Página #26 del contrato de Pfizer para Colombia.
El Comprador reconoce además que los efectos a largo plazo y la eficacia de la Vacuna, no se conocen actualmente y, asimismo, que la Vacuna podría tener efectos adversos actualmente desconocidos.
Página #28 del contrato de Pfizer para Colombia.
El Comprador acepta indemnizar, defender y mantener indemne a Pfizer, BioNTech, sus Filiales, contratistas, sub-contratistas, licenciantes, licenciatarios, sublicenciatarios, distribuidores, fabricantes por contrato, proveedores de servicios, investigadores de ensayos clínicos o terceros a quienes Pfizer o BioNTech o alguna de sus respectivas Filiales que adeuden directa o indirectamente alguna indemnización con sustento en la investigación, desarrollo, fabricación, distribución, comercialización o el uso de la Vacuna y cada uno de los funcionarios, directores, empleados y los demás agentes y representantes y sus respectivos antecesores, sucesores y cesionarios (“Partes Indemnizadas”), frente a todas y cualesquiera acciones judiciales, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, perjuicios, responsabilidades, transacciones, sanciones, multas, costos y gastos (incluyendo, sin limitación, los honorarios razonables de abogados y otros asesores y demás gastos de investigación o litigio), sean de carácter contractual, extracontractual, propiedad intelectual u otra teoría legal, reglamentaria, en equidad o de otro modo por cualquier persona natural o jurídica (colectivamente, “Pérdidas”) causadas por o que surjan, se deriven o estén relacionadas con la Vacuna, incluyendo, sin limitación, cualquier etapa de diseño, desarrollo, investigación, formulación, prueba, pruebas clínicas, fabricación, rotulado, empaque, transporte, almacenamiento, distribución, mercadeo, promoción, venta, compra, licenciamiento, donación, dispensación, prescripción, administración, entrega o uso de la Vacuna, cualquier información, instrucciones, consejo o guía dada por Pfizer o BioNTech o cualquiera de sus Afiliadas relacionadas con el uso de la Vacuna, o cualquier procesamiento o transferencia de información personal transferida por el Comprador a las Partes Indemnizadas (“Actividades Cubiertas”).
Página #30-31 del contrato de Pfizer para Colombia.
El contrato de Pfizer para Perú contiene términos similares:
Pfizer Inc. y BioNTech (Conjuntamente los “Proveedores”) actualmente se encuentran en el desarrollo clínico de BNR162 una vacuna ARNm contra el SARS-COV-2 para prevenir la infección COVID-19 en los seres humanos, probando cuatro candidatas diferentes (la “Vacuna”).
El ministerio de salud de Perú acepta y acuerda que los esfuerzos de los proveedores para desarrollar y fabricar la vacuna son de naturaleza especulativa y están sujetos a riesgos e incertidumbres significativos.
…A pesar de los esfuerzos de los proveedores en la investigación, desarrollo y fabricación, la vacuna podría no ser exitosa debido a desafíos o fallas técnicas, clínicas, regulatorias, de fabricación o de otro tipo.
Página #1 del contrato de Pfizer para Perú.
El ministerio de salud de Perú también reconoce que los efectos a largo plazo y la eficacia de la vacuna actualmente no se conocen y que pueden presentarse efectos adversos de la vacuna que actualmente se desconocen.
Página #2 del contrato de Pfizer para Perú.
El ministerio de salud de Perú renuncia a toda pretensión inmunidad en relación con cualquier procedimiento para cumplir o hacer cumplir cualquier decisión, laudo arbitral o acuerdo.
También renuncia a la aplicación de cualquier Ley que pueda limitar o establecer de otro modo su obligación de pagar los daños y perjuicios derivados de las reclamaciones de indemnización en virtud de este Pliego de Condiciones Vinculante o del Acuerdo Definitivo.
Página #9 del contrato de Pfizer para Perú.
El Gobierno acuerda indemnizar, defender y mantener exento de responsabilidad a Pfizer, BioNTech y a cada una de sus filiales, contratistas, subcontratistas, licenciantes, licenciatarios, sublicenciatarios, distribuidores, fabricantes de contratos, proveedores de servicios, investigadores de ensayos clínicos, terceros a los que Pfizer o BioNTech o cualquiera de sus respectivas filiales puedan directa o indirectamente deber una indemnización con ocasión de la investigación, el desarrollo o la fabricación de la vacuna y a cada uno de los funcionarios, directores, empleados y otros agentes y representantes y los respectivos predecesores, sucesores y cesionarios de cualquiera de los anteriores (“Indemnizado o los Indemnizados”), de y contra cualquiera y todos los juicios, reclamaciones, acciones, demandas, pérdidas, daños, responsabilidades, acuerdos, sanciones, multas, costos y gastos (Incluidos los honorarios razonables de abogados y otros gastos de una investigación o litigio) basado en contrato, daños, propiedad intelectual, o cualquier otra teoría, ya sea legal, estatutaria, equiparable u otra (colectivamente, “pérdidas”) que se deriven, estén relacionadas o sean resultado de la vacuna, incluyendo pero no limitado a cualquiera etapa de diseño, desarrollo, investigación, formulación, prueba, ensayo clínico, fabricación, etiquetado, empaquetado, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización, promoción, venta, compra, licencia, donación, dispensación, prescripción, administración sumunistro o uso de la vacuna.
Página #11 del contrato de Pfizer para Perú.
Contrato de Pfizer para República Dominicana:
Contrato de Pfizer para la Unión Europea:
Contrato de Pfizer para Brasil:
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